Después de una DANA o un terremoto: cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros
Casi nadie lo sabe hasta que lo necesita: si tienes un seguro que cubre tu casa, tu comercio o tu coche, una parte del recibo va al Consorcio de Compensación de Seguros, que puede indemnizar daños por riesgos extraordinarios: inundación extraordinaria, embate de mar, terremoto, maremoto, erupción volcánica y tempestad ciclónica atípica.
No es automático
El Consorcio actúa cuando hay una póliza vigente sobre lo dañado y se cumplen las condiciones. No paga «siempre que hay un desastre».
Antes de tocar o limpiar nada
- Fotografía y graba en vídeo todos los daños.
- Guarda facturas o pruebas del valor de lo dañado.
- No tires nada hasta que lo vea un perito, si es seguro esperar.
- Guarda las comunicaciones oficiales (avisos, declaración de zona afectada).
Cómo reclamar
Contacta primero con tu aseguradora: tramita el expediente aunque pague el Consorcio. Si no hay quien gestione, puedes reclamar directamente en consorseguros.es. Comunica los daños cuanto antes; el Consorcio recomienda hacerlo, si es posible, en los 7 días siguientes.
Esto y mucho más, paso a paso
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Material informativo de preparación general. No sustituye a los servicios de emergencia ni a la formación presencial. Ante una emergencia, llama al 112.